Impuesto delineación 2020 332 306, sdh. ! no funciona!

Como realizar declaracion formulario unico, realizamos la prueba lo siguiente y no funciona la página, será porque está en proceso de actualización nueva de sistema?

Pasos para realizar el trámite:

1. Cumplir las siguientes condiciones y reunir los documentos:

Cuando se constituyan algunos de los hechos generadores en el Distrito Capital de Bogotá mencionados a continuación:

  • Licencia urbanística: Autorización previa, expedida por curador urbano para adelantar obras en cumplimiento de las normas urbanísticas  y de edificación adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial.  
  • Obra nueva:  Obras de edificación en terrenos no construidos.  
  • Ampliación: Autorización para incrementar el área construida de una edificación existente, excluyendo azoteas y áreas sin cubrir o techar.  
  • Adecuación:  Autorización para adelantar las obras tendientes a adaptar una edificación o parte de ella para el desarrollo de otro uso, garantizando la permanencia del inmueble original. 
  • Modificación: Autorización para variar el diseño arquitectónico o estructural de una edificación existente, sin incrementar su área construida. (Aumentar o disminuir el número de unidades o uso).  
  • Cerramiento: Es la autorización para encerrar de manera permanente un predio de propiedad privada.  
  • Reforzamiento estructural:  Es la autorización para  intervenir o reforzar la estructura de uno o varios inmuebles, con el objeto  de  acondicionarlos a niveles adecuados de seguridad sísmica. 
  • Restauración: Es la autorización para adelantar las obras tendientes a recuperar y mantener una edificación declarada como  bien  de interés cultural.  
  • Demolición:  Autorización para derribar total o parcialmente una edificación y deberá concederse, simultáneamente con cualquier otra modalidad de licencia de construcción. 
     
  • Acreditar previamente ante el curador urbano la presentación y pago de la retención  en la fuente ( anticipo del impuesto)  y actos de reconocimiento exclusivamente habitacionales estratos  3, 4, 5 y 6  equivalente al 2.6% del monto total del presupuesto de obra a través del mecanismo de autorretención con base en el presupuesto de obra o de construcción .  Para actos de reconocimiento exclusivamente habitacionales desarrollados en estratos 1 y 2 el valor del anticipo es del 1%. Para ello debe atender a los costos mínimos por metro cuadrado que fije la entidad distrital de Planeación para cada año. Ingrese  a la Oficina virtual  y diligencie su declaracion de retenciones de Delineación Urbana. 
     
  • Presentar y pagar la declaración del impuesto dentro del mes siguiente a la finalización de la obra o al último pago o abono en cuenta de los costos y gastos imputables a la misma o al vencimiento del término de la licencia incluida su prórroga, lo que ocurra primero. 
     
  • A partir del 1 de enero de 2020 todas las declaraciones de delineación urbana así como los pagos que por concepto de anticipo se realicen deberán ser presentadas a través de las herramientas virtuales habilitadas en la página de internet de la entidad www.shd.gov.co, de acuerdo con los plazos establecidos para tal fin. Res. DDI-033731 de 2019 mecanismo principal virtual.
  • El primero de julio de 2020 se emitió  la Resolucion DDI-017553 de 2020 “Por la cual se modifican algunos artículos de la resolución DDI-033705 del 20 de junio de 2018, que unificó en un solo cuerpo las Resoluciones 40733 de 2017 y 1381 de 2018, referidas entre otros al mecanismo principal virtual de declaración y/o pago de los impuestos administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá – DIB, y sus contingencias”.  Esta resolución deroga las resoluciones DDI-033731 del 04 de diciembre de 2019 y DDI-001097 del 05 de febrero de 2020.
  • El mayor valor resultante de la diferencia entre el valor ejecutado de la obra y el presupuesto de obra, base del anticipo, de ser positivo se liquidará a la tarifa del 3%. Ingrese  a la Oficina virtual  y diligencie su declaracion de Delineación Urbana  y efectúe el pago en línea o en uno de los bancos autorizados para el recaudo de impuestos. 

2.   Descargar el formulario diligenciado  y  dirigirse a efectuar el pago en uno de los bancos autorizados para el recaudo de impuesto. 

Canales de atención 

Canal telefónico 

  • Línea: 195
  • Soporte telefónico Secretaría Distrital de Hacienda: 3385000 ext: 5581 o 5523

Canal virtual

  • Ingrese y regístrese en la Oficina Virtual , siga las instrucciones del instructivo para el proceso de registro.
  • Si desea consultar el Instructivo de navegación del Impuesto de Delineación Urbana en la Oficina virtual, ingrese aquí
  • Si desea consultar cómo se hace el anticipo y declaración del Impuesto de Delineación Urbana en la Oficina Virtual, ingrese aquí

Correo electrónico

Canales Presenciales

Puntos de la red CADE
SuperCADE CAD

Tenga en cuenta

  • Se informa que la Secretaría Distrital de Hacienda se encuentra en implementación del Sistema SAP, razón por la cual durante la etapa de estabilización se podrán presentar actualizaciones permanentes del procedimiento, las cuales serán comunicadas oportunamente.
  • La Secretaría Distrital de Hacienda reinició atención presencial, con agendamiento previo a través de la línea 195, en el SuperCADE CAD y desde el 21 de septiembre de 2020 en el SuperCADE SUBA, en los siguientes horarios: lunes a viernes de 9:00 a.m. a 3:30 p.m. y sábados de 8.00 a.m., a 12:00m. Lo invitamos a consultar frecuentemente la página web así como la Guía de Trámites y Servicios, donde se informará cualquier novedad que se presente frente a la atención presencial. 
  • Para obtener la cita, debe comunicarse con la línea 195, sólo así podrá ser atendido.
     
  • El agendamiento de la cita se podrá realizar para cualquier trámite tributario con la Secretaría Distrital de Hacienda relacionado con liquidación de impuesto Predial y/o de Vehículos, estados de cuenta ICA, ReteICA, Predial y/o Vehículos; consulta de obligaciones pendientes; liquidación de años anteriores en Predial y/o Vehículos; solicitudes de devolución, Inscripción, novedades y actualización RIT; información sobre Delineación Urbana; información en medios magnéticos.
     
  • Tenga presente que el agendamiento depende del aforo permitido en cada SuperCADE, teniendo en cuenta el áreas de las instalaciones.
     
  • La atención de radicación de documentos físicos se presta en el SuperCADE CAD y desde el 21 de septiembre de 2020 en el SuperCADE SUBA. En los siguientes horarios: CAD (lunes a viernes 9:00 am a 3:30pm y sábados de 8:00am a 12m). SUBA (lunes a viernes de 9:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 3:30 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00m). Recuerde que también puede radicar documentos de manera virtual, a través del correo electrónico radicacion_virtual@shd.gov.co
     
  • Tenga en cuenta que puede realizar todos los trámites desde la Oficina Virtual, en la página de la Secretaría Distrital de Hacienda y sin salir de casa. Consulte cómo acceder a nuestros servicios virtuales haciendo clic aquí.

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